Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No aceptar impedimento manifestado por magistrado, por no estar incurso en ninguna de las causales taxativas
- Naturaleza jurídica
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Resolución manifestación de impedimento presentada por la Magistrada Diana Fajardo Rivera.
La magistrada manifestó que se encontraba impedida para conocer y participar en la decisión del expediente acumulado de la referencia, por estar incursa en la causal prevista en el numeral 1º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, referente a la presencia de un interés en la actuación procesal, en tanto realizó el traslado de sus pensiones del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, por lo que las reglas jurisprudenciales de la decisión adoptada por la Corte, podrían derivar en la configuración de un interés de su parte.
La Sala Plena de la Corporación concluyó que no concurre ninguna causal de impedimento de la doctora Fajardo para decidir sobre los asuntos objeto de estudio y, por ello, decidió NEGAR el impedimento que formuló.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Sala Primera de revision de tutelas de la Corte Constitucional,
- RESUELVE
- NEGAR el impedimento formulado por la Magistrada Diana Fajardo Rivera en los procesos de tutela acumulados T-7.867.632, promovido por Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones contra la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia; T-7.930.563, promovido por Ana Patricia Rubiano Rodriguez contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota; T-7.936.682, promovido por Armando Padilla Romero contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota; T-7.936.558, promovido por Maria del Carmen Castaneda contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y otros; T-7.940.054, promovido por Mauricio Perea Restrepo contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota; T-7.944.741, promovido por Maritza Navarro Garcia contra Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota; T-7.946.315, promovido por Blanca Leonor Bernal Aponte contra Colpensiones y Porvenir S.A.; T-7.946.354, promovido por Leyla Esperanza Escobar Vasquez contra la Sala Cuarta de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota; T-7.981.335, promovido por Gloria Patricia Patino Duque contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pereira y otro; T-8.031.929, promovido por Maria Cecilia Gamboa Casablanca contra la Sala Laboral del Tribunal Superior De Bogota y otros; y T-8.040.807, promovido por Claudia Victoria Pareja Martinez contra la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.